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Reducción del IVA irá hasta octubre

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El Poder Ejecutivo prorrogó hasta el mes de octubre la reducción del 5% del impuesto al valor agregado (IVA) sobre la prestación de servicios de alojamiento en hoteles y establecimientos rurales, restaurantes, organización y abastecimiento de eventos, paquetes turísticos con destino en el país y arrendamientos de inmuebles para dicho fines, de transporte turístico y de guías de turismo. Esto se realiza bajo la vigencia de los decretos N° 3.881/2020 y N° 3.967/2020.

El Poder Ejecutivo prorrogó hasta el próximo 31 de octubre la vigencia de los decretos que disponen regímenes especiales y transitorios para la liquidación del IVA sobre la prestación de servicios de alojamiento en hoteles y establecimientos rurales, restaurantes, organización y abastecimiento de eventos, paquetes turísticos con destino en el país y arrendamientos de inmuebles para dicho fines, de transporte turístico y de guías de turismo.

La medida fue adoptada mediante decreto N° 5.278, con fecha 13 de mayo, y forma parte del acuerdo arribado con estos sectores empresariales que siguen afectados por las restricciones establecidas en el marco de la pandemia de COVID-19.

La nueva normativa mantiene la reducción del IVA del 10% al 5% establecido en el régimen especial que se viene aplicando desde al año pasado y que, en principio, debía finalizar el 30 de junio venidero.

Los decretos que seguirán en vigencia hasta el 31 de octubre son: N° 3.881/2020: IVA aplicable a ciertas actividades de prestación de servicios de alojamiento en hoteles, restaurantes, abastecimientos de eventos y otros, y N° 3.967/2020: IVA aplicable a ciertas actividades de prestación de servicios de alojamiento en rurales de transportes turísticos, de Guías de Turismo y Organización de Eventos, entre otros.

A través del régimen especial lo que hace el fisco es modificar la base imponible, no la tasa impositiva, de tal manera a que finalmente el contribuyente abone una tasa efectiva del 5% del tributo mencionado. Según los decretos, los contribuyentes liquidarán e ingresará el IVA aplicando la tasa del 10% sobre el 50% del monto previsto en la ley (lo que da una tasa efectiva del 5%).

El Ejecutivo considera que con la persistente situación económica a nivel nacional se torna imperativo mantener las medidas fiscales direccionadas a aliviar las cargas tributarias de los contribuyentes afectados a este sector, por lo que señala la necesidad de mantener el régimen especial a fin de coadyuvar en la recuperación económica del país.

 

 

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