La Cámara de Diputados aprobó este lunes en general y con modificaciones el proyecto de Ley de extensión de Emergencia Sanitaria por coronavirus hasta junio de 2022. Esta normativa vuelve al Senado.
¿Qué se modificó? Por pedido del diputado Tadeo Rojas, el artículo 4º del documento tuvo cambios. En su narración quedó de este modo: “Los profesionales médicos podrán tener hasta cuatro vínculos o cargos en una misma institución; o hasta cuatro vínculos o cargos en instituciones distintas, siempre que sus horarios asignados no se superpongan, quedando sin efecto las disposiciones contrarias a la presente ley”.
Haciendo un comparativo, el párrafo testado señalaba lo siguiente: “Autorizase al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPYBS), Instituto de Previsión Social (IPS), Hospital de Clínicas, Hospital Militar y el Hospital Rigoberto Caballero de la Policía Nacional, a realizar la contratación para el reemplazo en caso de renuncia, muerte o jubilación, del personal de salud (personal de blanco y apoyo en salud), de los distintos servicios de salud, hasta el 31 de marzo del año 2022. Los contratos temporales en el marco de la presente ley, deberán constar explícitamente redactados en el documento, la información que indique el nombre, cargo y funciones del personal reemplazado y la vigencia de su contrato, que estará publicada en la página web del Ministerio de Salud Pública”.
Los demás artículos no sufrieron modificaciones. En ese sentido, esta iniciativa legislativa queda de este modo:
➖Se declara estado de emergencia en todo el país hasta el 30 de junio de 2022
➖Se amplía hasta el 31 de marzo de 2022 la vigencia del Fondo Nacional de cobertura a pacientes hospitalizados.
➖Se autoriza al IPS hasta el 30 de junio de 2022 a pagar por compensaciones económicas por un monto de hasta USD. 20.000.000, a trabajadores formales suspendidos, en aislamiento preventivo, en situación de riesgo y reposos de salud, a causa de la emergencia sanitaria del Coronavirus.
➖La Contraloría General de la República, en coordinación con la Secretaría Nacional Anticorrupción y los órganos de control pertinentes, establecerán lineamientos en materia de transparencia.
➖Quienes ejecuten los fondos previstos deberán presentar cada 60 días sus rendiciones de cuentas, con un informe al Congreso y a la Contraloría.
Si el Senado acepta o rechaza las modificaciones, requerirá de un número específico de votos y así sancionar este proyecto de Ley hasta que el presidente de la República termine promulgándolo.
