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Si no existe daño patrimonial, la lesión de confianza no procede, según abogado Casañas

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El abogado José Fernando Casañas Levi, explicó de qué manera pueda darse la figura de lesión de confianza en el caso de las empresas Eurotec SA e Imedic SA, tras las denuncias en el proceso de adjudicación que terminó con la recisión del contrato.

Casañas explicó que en caso de que las empresas devuelven el dinero del adelanto al Estado, o si el seguro cubre la póliza que fue contratada, en efecto, no cabría la lesión de confianza, ya que no habría perjuicio. Sin embargo, dijo que hay todavía otras cuestiones que se irán investigando conforme avance el caso.

“Lesión de confianza es un delito que se aplica para una persona que tenga la administración del patrimonio de otra persona que haya cometido un acto, y que esta conducta ocasione un perjuicio de carácter doloso, es decir, no por negligencia, sino de manera voluntaria”, puntualizó el abogado Casañas Levi.  

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