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ANDE exonerará pago de facturas por consumo inferior a G. 221.000, emitidas de abril a septiembre

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A través Decreto N° 3506 de fecha 31 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley N° 6524/2020 “Que declara Estado de Emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia declarada por la OMS a causa del Covid-19 y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras”, estableciendo en el mismo los aspectos relacionados al Artículo 17°, sobre la exoneración del pago del servicio de energía eléctrica y otros beneficios adicionales.

Con esto, los usuarios que no superen los 500kv están exonerados del pago.

¿Quiénes están excluidos de recibir los beneficios?

Están excluidos de recibir los beneficios otorgados por la Ley N° 6524/2020 los usuarios que están conectados a: alta tensión, muy alta tensión, e industrias electro intensivas. Además, no serán beneficiarios los usuarios gubernamentales.

Para el efecto, la ANDE pone a disposición de sus clientes la opción de tramitar, en forma electrónica, la modificación de su potencia reservada, accediendo para ello a la página web de la Institución (www.ande.gov.py).

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