El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social reglamentó mediante la Resolución N° 670/2026 el reajuste del salario mínimo legal para el sector privado, además de los jornales mínimos, salarios diferenciados y la bonificación familiar. Según la cartera, los nuevos valores rigen desde el 1 de julio de 2026.
Para la jornada diurna de actividades diversas no especificadas, el salario mínimo mensual queda en G. 3.044.000, luego del aporte al IPS, el ingreso neto se reduce a G. 2.770.040. En esa misma categoría, el jornal por día se fija en G. 117.077, el salario diario del mensualizado en G. 101.467 y la hora del mensualizado en G. 12.683.
En la jornada nocturna se aplica el recargo legal del 30%, por lo que el salario mínimo mensual sube a G. 3.957.200. Dentro de esa modalidad, el jornal nocturno queda en G. 152.200, el salario diario del mensualizado en G. 131.907, la hora en G. 18.844 y la hora para trabajo a tiempo parcial en G. 21.743.
La resolución también ajusta el Régimen de Aprendizaje y Aprendizaje Dual, con un salario mensual de G. 1.826.400 y un pago diario de G. 70.246 para trabajadores jornalizados. Además, fija salarios mínimos diferenciados para ciertos rubros, como panadería y talleres mecánicos, donde se establecen montos específicos para maestros, oficiales y ayudantes.
En cuanto a la bonificación familiar, el beneficio pasa a G. 152.200 por cada hijo con derecho, equivalente al 5% del salario mínimo. Este pago corresponde a trabajadores dependientes que ganen hasta dos salarios mínimos, y debe abonarse íntegramente junto con el sueldo, sin descuentos, cesión ni embargo.
Si un trabajador no recibe el monto que le corresponde desde el 1 de julio, puede denunciarlo mediante el canal habilitado por WhatsApp al (0993) 308-100.
