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📝 Ejecutivo vetó proyecto que podría haber beneficiado a abusadores con el procedimiento abreviado

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A través del Decreto N° 9.300/23, el Poder Ejecutivo vetó totalmente el proyecto de Ley sancionado por el Congreso a inicios de este de mes de mayo, que planteaba la modificación de los artículos 420 y 421 del Código Procesal Penal (CPP), Ley 1.286/1998.

Mediante la modificación se pretendía aplicar el procedimiento abreviado a hechos punibles con expectativa de pena que no supere los 12 años, en lugar de la pena máxima que no supere los 5 años como rige actualmente.

El Ministerio Público solicitó el veto señalando que la expectativa de pena no coincide con la pena máxima aplicable y la medida provocaría “hechos de suma lesividad sean solucionables por dicha vía, diciendo el fiscal solamente esa pena requiere”.

Así también, la diputada Rocío Vallejo, titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales, había aconsejado el rechazo del proyecto, alertando que podría favorecer a corruptos, asesinos y abusadores sexuales.

“Este procedimiento abreviado se puede aplicar a todos los hechos punibles graves; ni que decir a los delitos de cuello blanco que van a venir a plantear sin ningún tipo de análisis o violando el principio de legalidad procesal; violando también el principio de inocencia”, argumentó la legisladora, con el respaldo del diputado liberal Eusebio Alvarenga.

Ahora, el proyecto retorna al Congreso y ambas cámaras deberán expedirse en aceptar o rechazar el veto del presidente Mario Abdo Benítez.

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